Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas |
Actividad |
Responsable |
1. Solicita información. |
1.1 Solicita información para trámite de Equivalencia de Estudios. |
Interesado |
2. Informa de los requisitos y entrega solicitud. |
2.1 Informa de los requisitos y entrega solicitud.
SNEST-AC-PO-003-01 y anexo 1. |
Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
3. Requisita solicitud, cubre cuota y reúne documentos. |
3.1 Requisita solicitud.
3.2 Realiza pago de cuota
3.4 Presenta documentos que son objeto de la equivalencia y comprobante de pago efectuado en institución bancaria (SAT 5) al Departamento de Servicios Escolares. |
Interesado |
4. Recibe solicitud y coteja documentos. |
4.1 Coteja documentos originales con copias fotostáticas y entrega originales al interesado.
4.2 Anexa contenidos programáticos de los estudios que son objeto de la equivalencia.
4.3 Entrega al interesado comprobante de solicitud.
4.4 Registra expediente.
SI Acepta, integra expediente y envía al Área Académica correspondiente. Pasa a la etapa 5
NO acepta pasa a la etapa 3 |
Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
5. Emite opinión Técnica. |
5.1 Analiza contenidos programáticos.
5.2 Emite opinión técnica.
5.3 Envía expediente a Departamento de Servicios Escolares. |
Área Académica |
6. Recibe opinión técnica e imprime en papel seguridad |
6.1 Verifica la integración del expediente.
6.2 Captura en la base de datos.
6.3 Asigna número de folio
6.4 Imprime en papel seguridad
6.5 Rubrica Equivalencia de Estudios.
8.6 Envía a la Dirección para firma. |
Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
7. Firma Resolución de Equivalencia de Estudios. |
9.1 Revisa expediente.
9.2 Firma Resolución de Equivalencia de Estudios.
9.3 Remite documentación al Departamento de Servicios Escolares. |
Director del Instituto Tecnológico |
10. Recibe Resolución de Equivalencia de Estudios. |
10.1 Registra conclusión del trámite en Libro de Registro.
10.2 Integra expediente que se va a archivar. Anexo 9.5.
10.3 Entrega al interesado Resolución |
Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
11. Recibe Resolución y firma de recibido. |
11.1 Recibe Resolución de Equivalencia de Estudios.
11.2 Firma de recibido en copia. |
Interesado |
12. Archiva copia firmada. |
12.1 Archiva copia firmada. |
Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
Los Certificados, Diplomas, Constancias, Títulos o Grados Académicos que amparen estudios realizados en el Sistema Educativo Nacional, deberán incluir los períodos en que se cursaron los estudios escolarizados , las asignaturas, las calificaciones de las mismas y, en su caso los créditos.
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La Institución debe informar que el trámite de Resolución de Equivalencia no asegura a los interesados su ingreso, ya que este estará sujeto a la capacidad de la misma.
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Los Institutos Tecnológicos sólo formularán análisis técnico respecto de los estudios que ofrezca, en los demás casos, orientará al interesado para que realicen ante la autoridad correspondiente sus trámites de Equivalencia.
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En el ámbito de la Secretaría de Educación Pública, el interesado cubrirá la cuota vigente por los servicios de Equivalencia, de acuerdo al monto que señale la Ley General de Derechos.
- La Resolución de Equivalencia de Estudios, debe ser emitida en un plazo máximo de 15 días hábiles después de haber cubierto la cuota correspondiente e integrado completamente el expediente.